Reto módulo 3: Políticas públicas para la IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

 

Buenas tardes a todos y, de nuevo, MUCHAS GRACIAS por acompañarme en este nuevo reto de aprendizaje.

Esta semana se nos invita a conocer más en profundidad las diferentes Políticas Públicas que nos afectan directamente, por ejemplo, en nuestro entorno de trabajo o en nuestra localidad.

En mi caso, me he decidido por una iniciativa recién llegada al Ministerio donde ahora mismo presto mis servicios, de hecho, ha sido publicada esta misma semana, por lo que me dispongo a analizarla y comentarla junto a vosotros.

Se trata de la DECLARACIÓN DE RECHAZO DEL ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO Y PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ESTOS COMPORTAMIENTOS. En dicha comunicación, se da aprobación a dos documentos que definen la actuación del Ministerio ante este tipo de acosos.

A modo introductorio, deciros que esta declaración viene a dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto por el que se aprueba el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y acoso por razón de sexo en el ámbito de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos (R. D. 247/2024, de 8 de marzo). Se Trata entonces, tal y como hemos estudiado en este módulo 3, de una Política con un enfoque DUAL, capaz de combinar una política específica que aborda unos problemas específicos y que supone un avance concreto, con una política transversal ya que se integra en políticas generales, con impacto en el medio y largo plazo y que requiere el compromiso de todos los organismos.

En cuanto al ámbito subjetivo, este protocolo se aplicará a las empleadas y los empleados públicos del área del Ministerio objeto, así como a aquellas personas que, sin tener una relación funcionarial o laboral con el mismo, presten servicios o colaboren con él.

Además, podrá activar dicho protocolo el personal perteneciente a empresas externas que desarrollen su trabajo en dependencias del área del Ministerio que se consideren víctimas de acoso sexual o acoso por razón de sexo.

En cuanto al análisis de esta iniciativa, paso a responder a las tres cuestiones que se nos plantean en este reto:

1.     ROLES: ¿Impacta esa política o proyecto público en los roles de género?

Cualquier persona puede ser víctima de acoso sexual en el ámbito del trabajo. No obstante, suele basarse en el abuso de relaciones de poder y los casos notificados históricamente, suelen ser cometidos, normalmente, hacia las mujeres y perpetrados por hombres.

En este caso, entrarían en juego los diferentes ROLES de género asociados a la mujer históricamente. Por un lado, la visión de que la mujer tiene que ser una persona sumisa, complaciente, frágil y, por otro lado, su rol de seductora o provocativa.

Es por ello que, este tipo de política tiene impacto en este rol de género, cambiando la visión de la mujer en la sociedad, y, en este caso, en su ámbito laboral.

2.     RECURSOS: ¿Tiene efecto en el acceso igualitario a recursos económicos, materiales o de otro tipo para las mujeres?

Este protocolo pone de manifiesto la posibilidad, tanto para mujeres como para hombres, de poder ser protegidos ante este tipo de discriminación de una manera totalmente IGUALITARIA, de hecho, en su declaración de principios establece la finalidad de asegurar que tanto las empleadas como los empleados públicos disfruten de un entorno de trabajo en el que sus derechos fundamentales sean respetados, reciban un trato respetuoso y digno y no sean víctimas ni se vean afectados por ninguna conducta de acoso sexual ni de acoso por razón de sexo.

Asimismo, el Ministerio manifiesta su compromiso de fomentar una cultura organizativa de prevención y erradicación de estos tipos de acoso, a través de acciones de sensibilización y de información, así como de acciones de formación, y mediante la integración de la transversalidad del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en todas sus actuaciones.

3.     REPRESENTACIÓN ¿Qué papel juegan las mujeres en las decisiones y las relaciones de poder en este proyecto?

En este caso, promueven la participación tanto de mujeres como de hombres siempre teniendo en cuenta el trato igualitario entre todos ellos para la toma de decisiones y el desarrollo de esta Política.

En cuanto al IMPACTO que esta política puede suponer comentar que, al ser de reciente publicación, no se recogen cifras que nos permitan medir el impacto real de su aplicación en este caso concreto, no obstante, estoy segura de que, tal y como ha pasado en otros casos, su impacto será muy positivo. Por ejemplo, uno de los impactos más importantes sería el de producir un efecto disuasorio de comportamientos ilícitos ya que, el protocolo es una herramienta esencial para concienciar y prevenir el acoso, recoger una declaración de principios clara contra el mismo y vincular conductas impropias con faltas laborales de carácter muy graves, sancionables con despidos disciplinarios, entre otros motivos.

Como conclusión, solo la existencia y la preocupación por la entidad de regular y sancionar el acoso, es un freno en si mismo de este tipo de situaciones que reducirán, sin duda, el número de casos en este ámbito.

Entre los Puntos fuertes de esta política destacaría:

·       Erradicación de trato discriminatorio.

·       La promoción de las adecuadas condiciones de trabajo.

·       Da soluciones rápidas a las víctimas y que estas se sientan protegidas en su ámbito laboral.

·       Como he comentado anteriormente, produce efectos disuasorios de comportamientos de abuso.

·       Entre otras.

Por último, aunque creo que las ventajas destacadas a lo largo de mi escrito tienen un peso importante para la mejora de las condiciones de IGUALDAD en las empresas, un punto débil que podría destacar, sería la alta burocracia establecida en el procedimiento que puede suponer que se vea desde un punto de vista costoso y duro, sobre todo desde el punto de vista emocional de la víctima.

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